NOVEDADES EN LA OBTENCIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE LA FIRMA DIGITAL
En relación a la nueva normativa europea, que ha entrado en vigor a partir del 1 de julio de 2016, desaparecen los certificados de firma electrónica a favor de todo tipo de entidades, tengan o no personalidad jurídica. Ello no obstante, los anteriores certificados que todavía estén en vigor podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación.
En sustitución de los anteriores certificados, se deberán expedir nuevos certificados de firma electrónica a nombre del representante de las entidades anteriormente mencionadas. Por todo ello, a partir del 6 de junio de 2016 hay tres nuevos tipos de certificado:
  • Certificado de Representante de Administrador Único o Solidario.
  • Certificado de Representante de Persona Jurídica.
  • Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica.
Para poder solicitar estos nuevos certificados, hay que seguir los siguientes trámites:
  1. Solicitar, vía internet, su Certificado a través de la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  2. Acreditar la identidad en una Oficina de Registro. En los casos en que la Empresa cuente con un Administrador Único o Solidario y éste tenga certificado de firma digital de persona Física, no será necesario acreditarse en dichas oficinas y se podría hacer vía telemática
  3. Descargar el Certificado de Usuario.
Por todo ello, si desea realizar estas gestiones a través de nuestro despacho, quedamos a su entera disposición.

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